Preguntas Frecuentes

1.¿Puede un extranjero que ingresa al país como turista trabajar en el Perú?

No, no puede trabajar en el Perú.

Sin embargo, podrá trabajar si realiza su cambio de Calidad Migratoria a trabajador residente, dependiente/independiente u otra calidad migratoria que le permita trabajar.

2.¿Soy extranjero casado (a) con una persona de nacionalidad peruana, puedo adquirir la nacionalidad peruana?

Sí, si es posible. La realización del matrimonio debe ser mayor o igual a 2 años y tu residencia legal en nuestro país deberá ser de 2 años como mínimo.

3.¿Cuál es la diferencia entre nacionalización y naturalización?

La nacionalización es la que deviene por opción debido a que el ciudadano puede optar por adquirir la nacionalidad de uno de los padres o por encontrase casado con ciudadano peruano.

Sin embargo, la naturalización es cuando el ciudadano extranjero no tiene ningún parentesco o vínculo con ciudadano peruano y desea obtener la nacionalidad peruana.

4.Solicité un Cambio de Calidad Migratoria ante Migraciones y a la fecha se encuentra en trámite ¿Puedo salir del país?

Sí. Podrá salir del país hasta por 30 días solicitando el permiso especial de viaje en Migraciones con una anterioridad de 48 a 72 horas antes de su viaje.

*Dicha autorización se gestiona a través de su agencia digital de Migraciones.

5.¿Hasta que edad puede solicitarse el cambio de calidad migratoria de familiar de residente para hijos?

Hasta los 28 años, existen 2 tipos de calidades migratorias, menores de 18 años y mayores de 18 años hasta los 28 de estado civil soltero que esté siguiendo estudios técnicos o superiores.

6.Soy ciudadano extranjero residente ¿Puedo solicitar el llamado de familia de la madre de mi hijo sin estar casados?

Para el Estado peruano los padres deben estar civilmente casados. Sin embargo, de acuerdo con el nuevo texto único de procedimiento administrativo, sí es posible realizarlo siempre y cuando cuenten con el registro de unión de hecho ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), indicando el número de asiento y partida registral.

7.Ingresé ilegalmente al país y me expulsaron con impedimento de ingreso al país. Deseo regresar porque tengo un hijo peruano viviendo en Perú ¿Qué debo hacer?

Solicitar la dispensa del impedimento de ingreso ante la Superintendencia Nacional de Migraciones, para lo cual deberá demostrar su arraigo familiar.

8.Salí del país cuando mi carné de extranjería se encontraba vigente; sin embargo ahora que pretendo volver me percato que mi residencia ha vencido y no realicé la prórroga respectiva ¿pierdo mi residencia?

Si en caso ha permanecido fuera del territorio peruano por más de 183 días consecutivos si pierde la calidad migratoria, sin embargo, si no es así deberá pagar una multa equivalente al 1% de una UIT, por cada día sin solicitar la prórroga, cabe precisar que mientras se encuentre fuera del país no se puede presentar una prórroga de residencia. Es deber del residente realizar las prórrogas de residencia dentro del país antes de su vencimiento.

9.Mi esposo cuenta con la calidad migratoria de trabajador residente, en virtud del cual tengo C.E. como familiar de residente hace más de 3 años, ¿puedo solicitar el cambio de calidad migratoria a inmigrante?

Sí, podría solicitar el cambio de calidad migratoria de familiar de residente a permanente siempre y cuando su esposo ya cuente con la calidad migratoria permanente.

10.Soy extranjera mayor de edad de padres peruanos que ya han fallecido, ¿me corresponde ser residente en el Perú?

Sí. Deberá solicitar carné de extranjería por ser hija de padres peruanos, adjuntando su acta de nacimiento.

11.¿Qué documentos debo llevar desde mi país para realizar mi Cambio de Calidad Migratoria mediante convenio MERCOSUR?

Deberá traer el certificado de antecedentes penales de su país, partida de nacimiento y certificado que acredite estado civil (acta de matrimonio o certificado de soltería) todo debidamente apostillado o legalizado en Consulado Peruano, así como tener Pasaporte o cédula de identidad y estadía vigente.

12.Si siendo extranjero he culminado una carrera profesional fuera del Perú ¿puedo convalidar mis estudios y ejercer mi carrera en el Perú?

Sí es posible. La SUNEDU es la entidad que realiza el reconocimiento del grado académico o Título profesional universitario siempre y cuando exista un convenio de reciprocidad cultural o acuerdo comercial. Contando con dicho reconocimiento, podría ejercer su profesión.

Si el país donde realizó sus estudios no se encuentra comprendido en esa figura, puede homologar su título en universidades peruanas cumpliendo con los requisitos y pagos.

Le sugerimos traer su Título, Grado Académico o Diploma, así como el certificado de estudios en el que se detalle los cursos y créditos que llevó durante la carrera debidamente apostillados.

13.Para realizar la Prórroga de Residencia siendo Familiar de Residente ¿debo presentar la partida de nacimiento o certificado de matrimonio actualizado nuevamente?

No, sólo la copia de DNI o Carné de Extranjería del familiar que realizó el llamado de familia.

14.¿Puedo solicitar Refugio si soy de nacionalidad Venezolana?

Cualquier persona nacida fuera de Perú puede solicitar Refugio, sin embargo, se debe tener en cuenta que el refugio es un proceso extraordinario que se aplica a las personas extranjeras que viven situaciones de violación de derechos humanos en su país o persecución por raza, religión, política entre otras situaciones.

15.Si soy una persona de nacionalidad española ¿necesito un contrato de trabajo para obtener mi Carné de Extranjería?

Sí. Sin embargo, existe un convenio vigente entre el Perú y España en virtud del cual los ciudadanos españoles reciben el mismo tratamiento laboral que las personas de nacionalidad peruana.

16.¿Puedo solicitar Carné de Extranjería como estudiante en Perú?

Sí. Deberá matricularse en una Universidad o Instituto reconocido por la SUNEDU o el MINEDU, en una carrera técnica o universitaria que tenga una duración de al menos un año.

17.¿Qué sucedería si me excedo del tiempo de permanencia permitido en mi estadía en el Perú?

Deberá pagar una multa equivale al 0.1% de una UIT, por cada día de exceso.

18.¿Que documentos debo presentar para obtener la ficha de canje internacional?

  • Pasaporte original.
  • Copia simple del pasaporte:
  • Hoja de datos (lo entregan en Interpol, el cual deberá ser llenado con lapicero negro).
  • Copia de contrato de trabajo en caso de realizar un cambio de calidad a trabajador residente.
  • Copia simple de partida de matrimonio (Reniec) y DNI de tu cónyuge, en caso de estar casado con una persona peruana y aplique al llamado de familia.
  • Copia del DNI del menor, en caso de llamado de familia por tener hijo o hija de nacionalidad peruana.
  • Cheque certificado o Money Order por la suma que te corresponda en el BCP según el siguiente detalle:EstadounidenseUS$ 18.00  a nombre de “Treasury of the United States”. Este trámite se podrá realizar en cualquier agencia a nivel nacional.
    CanadienseUS$ 26.75 a nombre de “The Receiver General of Canada”. Este trámite solo se podrá realizar en las siguientes dos (2) agencias ubicadas en: Jr. Lampa 499 (Cercado de Lima) o en la Av. Juan de Arona 889, esquina con la Av. Rivera Navarrete (San Isidro).
    AustralianaAUD 99.00 a nombre de “The Australian Federal Police”. Este trámite solo se podrá realizar en las siguientes dos (2) agencias ubicadas en: Jr. Lampa 499 (Cercado de Lima) o en la Av. Juan de Arona 889, esquina con la Av. Rivera Navarrete (San Isidro).

19.¿Cuánto tiempo demora en obtener la ficha de canje internacional luego de haber realizado el trámite?

La entrega es inmediata. Se expide el mismo día de la cita y se entrega luego de los procedimientos correspondientes.

20.¿Qué documentos debo adjuntar para la cancelación de Residencia?

a) Formulario F-007

b) Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de tramite (S/.20.80)

c) Carne de extranjería

d) Pasaporte vigente

21.¿Cuándo debo realizar la prórroga de residencia?

Se recomienda que la prórroga de residencia se realice 2 meses antes de la fecha de vencimiento, revisar el siguiente link https://sel.migraciones.gob.pe/servmig-valreg/(S(0d1rpqbnc5wkyxjabbae4blo))/VerificarCE

Sin embargo, de no hacerlo a tiempo se cobrará una multa equivalente al 1% de una UIT, por cada día sin solicitar la prórroga.

22.¿Qué requisitos debo presentar para la Prorroga de Residencia?

Los requisitos generales son:

  • Formulario F – 007
  • Declaración jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, nacionales o internacionales o alertas registradas en el sistema de INTERPOL.
  • En el caso de menores de edad solo presentar el formulario e indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
  • Copia simple del pasaporte o carné de protocolo (diplomáticos, consulares y oficiales) vigente.

23.¿Puedo solicitar una visa de residente para un familiar directo?

Sí, siempre y cuando usted se encuentre con la calidad migratoria respectiva y su residencia vigente.

24.¿Dónde puedo solicitar mi duplicado de Tarjeta Andina de Migraciones (TAM) en caso se me extravié?

Si necesitas un duplicado de tu Tarjeta Andina de Migración (TAM), ya sea por pérdida, robo o deterioro, puedes solicitarlo en la agencia digital de la Superintendencia Nacional de Migraciones. La TAM es un documento físico que se otorgó a los extranjeros antes de la implementación del sistema TAM Virtual.

25.¿Qué documentos debo traer de mi país de origen para realizar mi cambio de calidad migratorio?

Debe traer su certificado de antecedentes penales, judiciales o policiales, debidamente apostillado o legalizado en Consulado Peruano.

Nota: Si el documento está legalizado en Consulado Peruano, una vez que llegue a Perú deberá legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Asimismo, debe tener en cuenta que todo documento que se encuentre en otro idioma deberá de ser traducido al español por traductor oficial.

26.¿Qué documentos debo traer de mi país de origen para realizar mi cambio de calidad migratorio a Mercosur Temporal?

Debe traer su partida de nacimiento, certificado de antecedentes penales, policiales o judiciales y acta de matrimonio (si es casado) o certificado de soltería.

Recuerde que todo documento emitido en el exterior deberá de estar legalizado en Consulado Peruano o apostillado.

Nota: Si el documento está legalizado en Consulado Peruano, una vez que llegue a Perú deberá legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Asimismo, debe tener en cuenta que todo documento que se encuentre en otro idioma deberá de ser traducido al español por traductor oficial.